Mediación familiar

[vc_row][vc_column][vc_empty_space][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_tta_tabs][vc_tta_section title=»Qué es la mediación familiar» tab_id=»1″][vc_column_text]Tríptico Mediación FamiliarLa mediación familiar es un proceso extrajudicial para la gestión de conflictos no violentos que pudieran surgir entre los miembros de una familia o grupo convivencial, mediante la intervención de profesionales especializados que, sin capacidad de decisión sobre el citado conflicto, les asistan facilitando la comunicación, el diálogo y la negociación entre ellos, al objeto de promover la toma de decisiones consensuadas en torno a dicho conflicto.

La finalidad del proceso de mediación familiar es, con carácter general, lograr que las partes en conflicto alcancen acuerdos equitativos, justos, estables y duraderos, contribuyendo a evitar, en su caso, la apertura de procedimientos judiciales o contribuir a la resolución de los ya iniciados.

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Fuente: Consejería de Salud y Familias

[/vc_column_text][/vc_tta_section][vc_tta_section title=»Registro de mediación familiar» tab_id=»2″][vc_column_text]La persona mediadora podrá estar inscrita en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía, gestionado a través de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Familias, a efectos de publicidad e información y, en su caso, a efectos de su adscripción al sistema de turnos.

Para proceder a su inscripción, la persona mediadora deberá estar en posesión de un título oficial universitario, título de licenciatura, diplomatura, grado, o de formación profesional superior, y contar con formación específica en materia de mediación.

Esta formación específica en mediación familiar debe tener un enfoque interdisciplinar de carácter educativo, social, psicológico y jurídico y su duración variará según la solicitud de inscripción se realice a los efectos de publicidad exclusivamente, o también a los efectos de adscripción al sistema de turnos, con un mayor nivel de exigencia para este último caso.

Asimismo, deberá suscribir un seguro o garantía equivalente que cubra la responsabilidad civil derivada del procedimiento en el que intervenga. En el caso de aquellos o aquellas profesionales que, para el ejercicio de su actividad profesional ya cuenten con un seguro de responsabilidad civil, deberán aportar copia de la póliza en vigor.

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Fuente: Consejería de Salud y Familias

[/vc_column_text][/vc_tta_section][vc_tta_section title=»Fases del proceso de mediación familiar» tab_id=»3″][vc_column_text]Para gestionar el conflicto familiar, durante el procedimiento a seguir, se pretende que las partes implicadas afronten de manera compartida la búsqueda de soluciones consensuadas. Para llevar a cabo la mediación familiar, es necesario tener en cuenta las diferentes fases en las que se desarrolla y más cuando las partes enfrentadas van a continuar relacionándose en el tiempo.

En primer lugar tendríamos lo que denominamos fase de premediación. En esta, se exponen las causas que han motivado el conflicto y el mediador familiar validará si el mismo es mediable o no, además de dar a conocer las características del proceso que van a seguir tras el inicio del proceso, momento en el que firmarán un acta de aceptación o también llamado contrato de inicio que recogerá todos los aspectos del que han sido informados asi como la firma de los mismos.

A continuación, se realizará una entrevista inicial con el objetivo de profundizar y verificar de manera detallada las cuestiones que han llevado a cada una de las partes a la situación de conflicto. Estas podrán ser individuales o conjuntas según valore la persona mediadora su idoneidad.

En una segunda etapa procederíamos a la fase de negociación. En esta, se determinarán de manera concisa, los puntos de conflicto sobre los que se quiere negociar. De esta forma, se tratará de que las partes establezcan una vía de diálogo fluida y sólida y se calendarizará las distintas sesiones que tendrán..

Por último hablaríamos que los miembros de la familia con la ayuda de la persona mediadora trabajarían en una última fase, denominada fase del acuerdo, donde las partes en conflicto realizarían las distintas propuestas de solución que la persona mediadora validaría. Esto les permitirá llegar a una solución de manera consensuada.

En cuanto a las características de la mediación familiar, merece la pena destacar:

  • VOLUNTARIEDAD: La mediación familiar se identifica por tener un carácter voluntario. Es decir, todas las partes involucradas deben acudir de manera libre, pudiendo abandonar cuando lo deseen el proceso si no estuvieran cómodos en el mismo
  • PERSONALISIMO: Son las partes involucradas y solo ellas, las que tienen un papel protagonista en el proceso y son las encargadas de llegar a una solución de ser posible.
  • COLABORACIÓN: Todas las partes ganan en este proceso. Ya que la solución es pactada por las partes, y con su actitud consiguen un acuerdo que siempre será más beneficioso para ambas.
  • CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA DE LAS PARTES: Este proceso es confidencial. Por  lo que las personas deben comprometerse a mantener la privacidad del contenido tratado en las sesiones, tanto desde el punto de vista de la persona mediadora al no poder ser testigo ni perito en un supuesto juicio posterior, como de las partes para que lo tratado en las sesiones sea tratado exclusivamente en las mismas.

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